Efectos/Beneficios fiscales por la compra de una vivienda.
La compra o la rehabilitación de una vivienda que vaya a ser destinada a residencia habitual del contribuyente, da derecho a importantes Deducciones fiscales por adquisición de vivienda (IRPF), siempre que se presente la consiguiente Declaración de la Renta anual.
La cifra sobre la que se puede aplicar la deducción no se limita tan sólo al precio pagado por la compra al transmisor de la vivienda, sino que se pueden incluir también otros gastos, tales como: comisiones bancarias; notaría; registro; gestoría; seguros; impuestos; etc.
Estas deducciones pueden derivarse de dos conceptos:
Deducciones por Inversión:
En el País Vasco, el comprador de vivienda destinada a residencia habitual, ya sea VPO o vivienda libre, dispondrá de un crédito fiscal individual de un máximo 27.045,54 euros.
En base a este Crédito Fiscal, se podrá deducir el 15% de las cantidades invertidas en la compra. Si es menor de 35 años, el porcentaje de deducción sube al 25%.
Deducciones por financiación:
Cuando el contribuyente haya solicitado un crédito para pagar su vivienda, tendrá también derecho a una deducción del 20% de los intereses que vaya pagando cada año (esta deducción es del 30% cuando el contribuyente sea menor de 35 años)