La legislación ha avanzado positivamente en este sentido y, tras la compra de una vivienda, no nos quedamos desprotegidos y a expensas de la suerte, sino que existen una serie de normas que nos intentan proteger frente a problemas que se puedan derivar de que la construcción no haya sido realizada con las debidas condiciones y calidades.
Es lo que se conoce como la Garantía por Desperfectos y los plazos con que nos cubre son los siguientes:
Para viviendas nuevas con licencia de edificación posterior a Mayo de 2000:
- 1 año, para los defectos de acabado (problemas con la instalación eléctrica, pintura, etc.)
- 3 años, para los defectos que afecten a las condiciones de habitabilidad (humedades, etc.)
- 10 años, para defectos que afecten a la estructura del edificio.
Por otra parte, el plazo de que se dispone para reclamar el arreglo de los desperfectos es de 2 años, a partir del momento que los comencemos a detectar, siempre y cuando la reclamación se presente dentro de los plazos indicados de los períodos de garantía.
En el caso de que compremos una vivienda de segunda mano y si ésta tiene una antigüedad inferior a 10 años, conservaremos todos los derechos que tenía el anterior propietario hasta que venza ese plazo.
Si, por el contrario, tiene más de 10 años, dispondrás de 6 meses a partir de la fecha de la compra para reclamar al vendedor la reparación de los desperfectos graves o vicios ocultos de que no te haya informado en el momento de la compra.